No es novedad que el Poder Legislativo dé las leyes en el país, y que el Poder Judicial (PJ) tenga que aplicarlas. Una de esas normas de importancia para justiciables que esperan por décadas dedicación y eficiencia en la administración de justicia es la Ley de la Carrera Judicial que, por fortuna, ya entra en vigencia.
Vale decir su cumplimiento será de carácter obligatorio después de haber transcurrido seis meses desde la promulgación de la misma por el Ejecutivo (4 de noviembre de 2008). En todo este tiempo magistrados y abogados han tenido un lapso prudencial para compenetrarse con el articulado de la referida norma, y asimilar los cambios y reformas que trae y que deberán acatar, fundamentalmente, quienes integran el órgano jurisdiccional de la República.
Dicho sea de paso, la mayoría de especialistas y tratadistas del derecho ratifica que la perspectiva que presenta la norma es positiva y alentadora. No obstante, es probable que algunos jueces, en especial aquellos que liberaron terroristas, narcotraficantes, “destructores”, o quienes carecen de la solvencia profesional y académica necesaria para diligenciar sus despachos judiciales con eficacia, imaginen que esa ley no sirve. A ello obedece que un reducido grupo de magistrados trate de buscarle inconstitucionalidades o despropósitos a la Ley de la Carrera Judicial. Esto es grave, porque el país no progresará institucionalmente. Por ello el PJ necesita garantizar la seguridad jurídica y el respeto a la Constitución y la ley.
Además, para nadie es un secreto que durante años lo que más ha primado en los ambientes del PJ es la retórica acerca de la llegada de una “revolución” que cambie el rostro de la Justicia. Pero en la práctica, esa transformación nunca se ha materializado. En consecuencia, creemos que el tiempo del discurso ya pasó. Ahora la sociedad exige que los principios de la recta administración de justicia se cumplan fácticamente, como el de economía procesal, la inmediatez, la imparcialidad, así como el profesionalismo y el óptimo nivel de los juzgadores sobre las cuestiones del foro. No olvidemos que vivimos en la era de la evaluación y la acreditación, tanto de personas como de instituciones.
Tengamos presente, como botón de muestra, que los docentes de la escuela pública ya son evaluados para que, en adelante, toda promoción obedezca al principio de la meritocracia, tanto en procura de una jerarquía superior como de ingresos más decorosos. De igual modo, los jueces del Perú tendrán que ser evaluados –por las propias instancias del Poder Judicial– cada tres años para conocer su idoneidad en el desempeño de la función y cada siete años para ser ratificados en el cargo. Y ello está bien que ocurra, porque representan al personal calificado de un poder del Estado que no brinda otra cosa que un servicio público. Sin embargo, tampoco somos cándidos para creer que aquello ocurrirá por simple acto de buena voluntad. La reforma vendrá sólo si se le entrega los fondos que solicita el PJ a fin de implementar los cambios que sea menester. Sin presupuestos realistas no habrá revolución alguna en los juzgados del país, señores del Ejecutivo y el Legislativo.
expreso
Vale decir su cumplimiento será de carácter obligatorio después de haber transcurrido seis meses desde la promulgación de la misma por el Ejecutivo (4 de noviembre de 2008). En todo este tiempo magistrados y abogados han tenido un lapso prudencial para compenetrarse con el articulado de la referida norma, y asimilar los cambios y reformas que trae y que deberán acatar, fundamentalmente, quienes integran el órgano jurisdiccional de la República.
Dicho sea de paso, la mayoría de especialistas y tratadistas del derecho ratifica que la perspectiva que presenta la norma es positiva y alentadora. No obstante, es probable que algunos jueces, en especial aquellos que liberaron terroristas, narcotraficantes, “destructores”, o quienes carecen de la solvencia profesional y académica necesaria para diligenciar sus despachos judiciales con eficacia, imaginen que esa ley no sirve. A ello obedece que un reducido grupo de magistrados trate de buscarle inconstitucionalidades o despropósitos a la Ley de la Carrera Judicial. Esto es grave, porque el país no progresará institucionalmente. Por ello el PJ necesita garantizar la seguridad jurídica y el respeto a la Constitución y la ley.
Además, para nadie es un secreto que durante años lo que más ha primado en los ambientes del PJ es la retórica acerca de la llegada de una “revolución” que cambie el rostro de la Justicia. Pero en la práctica, esa transformación nunca se ha materializado. En consecuencia, creemos que el tiempo del discurso ya pasó. Ahora la sociedad exige que los principios de la recta administración de justicia se cumplan fácticamente, como el de economía procesal, la inmediatez, la imparcialidad, así como el profesionalismo y el óptimo nivel de los juzgadores sobre las cuestiones del foro. No olvidemos que vivimos en la era de la evaluación y la acreditación, tanto de personas como de instituciones.
Tengamos presente, como botón de muestra, que los docentes de la escuela pública ya son evaluados para que, en adelante, toda promoción obedezca al principio de la meritocracia, tanto en procura de una jerarquía superior como de ingresos más decorosos. De igual modo, los jueces del Perú tendrán que ser evaluados –por las propias instancias del Poder Judicial– cada tres años para conocer su idoneidad en el desempeño de la función y cada siete años para ser ratificados en el cargo. Y ello está bien que ocurra, porque representan al personal calificado de un poder del Estado que no brinda otra cosa que un servicio público. Sin embargo, tampoco somos cándidos para creer que aquello ocurrirá por simple acto de buena voluntad. La reforma vendrá sólo si se le entrega los fondos que solicita el PJ a fin de implementar los cambios que sea menester. Sin presupuestos realistas no habrá revolución alguna en los juzgados del país, señores del Ejecutivo y el Legislativo.
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