EN ESPERA DE LA REFORMA JUDICIAL
Por: Iván Rodríguez Presidente de la ANR
Tanto en el diagnóstico del problema como en la propuesta de soluciones, hay una omisión: el litigante. Se incide en el juez, el abogado, los órganos de administración de justicia, los códigos y el presupuesto.
Siendo la administración de justicia una función esencial e intransferible del Estado, este no puede cargar con todo el pasivo por el servicio público deficiente y por la insatisfacción que producen en la sociedad peruana los fallos de sus jueces.
Que la administración de justicia esté mal amerita la preocupación de las autoridades y de la ciudadanía. Sin ponernos expresamente de acuerdo, existe un consenso acerca de eliminar los defectos que afectan el servicio y tornarlo eficiente y honesto como garantía de estabilidad jurídica. Se recurre a este servicio cuando las partes no pueden resolver de manera directa y armoniosa sus conflictos. Pero este hecho no puede ni debe ser temido. No puede ni debe ser un emplazamiento hacia el patíbulo ni el comienzo de un calvario inacabable, con un final de desgracia anunciada. El factor que más asusta es el de la deshonestidad. No puede ser un juego de azar que el caso de la persona caiga en manos de un buen y correcto juez, sino la seguridad que así ocurrirá. No puede ser asunto de buena suerte; sino la garantía que refuerce la confianza del litigante que en su causa se observarán rigurosamente las reglas del proceso y la sentencia expresará la recta aplicación de la ley y el criterio de conciencia, encaminados a la realización de la justicia.
El proceso establece un tipo de relación de las partes con el juez. Por lo tanto, de este depende la solución legal del litigio que arbitra. Las facultades de las que está investido, tienen que ser bien usadas y aplicadas. Ningún factor extraño al proceso y a la ley puede ingresar en la solución del caso. Ni la influencia social o política, ni las presiones o amenazas; ni las prebendas o sobornos. El mal del cual tiene que estar el juez fuertemente protegido es el de la corrupción.
La corrupción individual y pública implica el alejamiento del deber-ser, la desviación de la conducta correcta, el caer en las malas prácticas, que hace daño al individuo y al grupo.
Donde existe la corrupción hay un corruptor y un corrupto. Tanta culpa y responsabilidad tiene uno y tiene el otro. Igual daño ocasiona el que corrompe y el que se deja corromper.
Si hay un juez corrupto es porque hay un litigante corruptor. ¿Y… qué le pasa a este sujeto que tuerce la rectitud de un juez con pagos, regalos o cualesquier otro beneficio patrimonial para obtener una resolución ilegal que le favorezca? Usualmente nada. Si se le acredita la falta al juez se le sanciona hasta la destitución. Pero el litigante corruptor se queda sin castigo.
La raíz de la corrupción está en el corruptor. La cadena de la corrupción tiene que romperse en el eslabón que la origina. En consecuencia, si se persigue una reforma judicial integral, eficiente y honesta, incluyamos al litigante en el problema y en la solución.
EL COMERCIO
Por: Iván Rodríguez Presidente de la ANR
Tanto en el diagnóstico del problema como en la propuesta de soluciones, hay una omisión: el litigante. Se incide en el juez, el abogado, los órganos de administración de justicia, los códigos y el presupuesto.
Siendo la administración de justicia una función esencial e intransferible del Estado, este no puede cargar con todo el pasivo por el servicio público deficiente y por la insatisfacción que producen en la sociedad peruana los fallos de sus jueces.
Que la administración de justicia esté mal amerita la preocupación de las autoridades y de la ciudadanía. Sin ponernos expresamente de acuerdo, existe un consenso acerca de eliminar los defectos que afectan el servicio y tornarlo eficiente y honesto como garantía de estabilidad jurídica. Se recurre a este servicio cuando las partes no pueden resolver de manera directa y armoniosa sus conflictos. Pero este hecho no puede ni debe ser temido. No puede ni debe ser un emplazamiento hacia el patíbulo ni el comienzo de un calvario inacabable, con un final de desgracia anunciada. El factor que más asusta es el de la deshonestidad. No puede ser un juego de azar que el caso de la persona caiga en manos de un buen y correcto juez, sino la seguridad que así ocurrirá. No puede ser asunto de buena suerte; sino la garantía que refuerce la confianza del litigante que en su causa se observarán rigurosamente las reglas del proceso y la sentencia expresará la recta aplicación de la ley y el criterio de conciencia, encaminados a la realización de la justicia.
El proceso establece un tipo de relación de las partes con el juez. Por lo tanto, de este depende la solución legal del litigio que arbitra. Las facultades de las que está investido, tienen que ser bien usadas y aplicadas. Ningún factor extraño al proceso y a la ley puede ingresar en la solución del caso. Ni la influencia social o política, ni las presiones o amenazas; ni las prebendas o sobornos. El mal del cual tiene que estar el juez fuertemente protegido es el de la corrupción.
La corrupción individual y pública implica el alejamiento del deber-ser, la desviación de la conducta correcta, el caer en las malas prácticas, que hace daño al individuo y al grupo.
Donde existe la corrupción hay un corruptor y un corrupto. Tanta culpa y responsabilidad tiene uno y tiene el otro. Igual daño ocasiona el que corrompe y el que se deja corromper.
Si hay un juez corrupto es porque hay un litigante corruptor. ¿Y… qué le pasa a este sujeto que tuerce la rectitud de un juez con pagos, regalos o cualesquier otro beneficio patrimonial para obtener una resolución ilegal que le favorezca? Usualmente nada. Si se le acredita la falta al juez se le sanciona hasta la destitución. Pero el litigante corruptor se queda sin castigo.
La raíz de la corrupción está en el corruptor. La cadena de la corrupción tiene que romperse en el eslabón que la origina. En consecuencia, si se persigue una reforma judicial integral, eficiente y honesta, incluyamos al litigante en el problema y en la solución.
EL COMERCIO



No hay comentarios:
Publicar un comentario