Por: Beatriz Boza
Imagínese que un joven chef, confiando en su capacidad para forjar su propio destino, invierte para adecuar la cocina y decorar el local alquilado en un lugar estratégico. Dada la magnitud de la inversión y la deuda asumida, fija el precio del alquiler y el plazo del contrato: cuatro años con opción de renovación.
Al tercer año, la municipalidad modifica la zonificación, fruto de lo cual se le impide renovar el contrato. ¿Es justo eso?
Imagínese una empresa que invierte en traer una franquicia de spa y tratamientos de belleza con cláusulas de renovación parecidas. Al tercer año de su contrato, el Congreso promulga una norma que regula las franquicias extranjeras y, por lo tanto, tampoco puede renovar su contrato. ¿Qué se logra con estas normas?
En ambos casos, la autoridad era competente; la municipalidad y el Congreso tenían la facultad legal de dictar las respectivas normas. Eso no está en juego sino la manera de hacerlo, porque de ella depende la predictibilidad de nuestro sistema legal. Distinta hubiera sido la situación si las normas en cuestión hubieran establecido una etapa de transición. La predictibilidad del proceso normativo es vital para la inversión, para la seguridad de las personas y, en general, para la vida en sociedad. ¡Para que las leyes den estabilidad tiene que ser predecible cómo se dan!
Por eso, es tan importante el proceso seguido por el Congreso para modificar la manera de nombrar a los miembros del directorio del Banco Central de Reserva (BCR).
Luego de un debate, se aprobó la reforma constitucional para permitir el relevo sucesivo de los directores del BCR, evitando —como es ahora— que todo el directorio cambie con cada nuevo gobierno. La modificación establece, a partir del 2012 y hasta el 2018, nombramientos escalonados. Es una norma de vanguardia, pues establece una transición predecible y ordenada.
Muy distinto es el proyecto de ley que busca impedir la reelección inmediata de los alcaldes y presidentes regionales. Ellos fueron elegidos en el marco de ciertas reglas de juego y ahora, a los tres años de gestión, se propone cambiarlas. ¿Por qué todos contra los alcaldes? Claramente es potestad del Congreso impedir la reelección de las autoridades regionales y locales, el tema es si lo hace con nombre propio o si legisla de manera predecible para todos. Pensar en procesos de transición, como lo hizo este mismo Congreso en el caso del BCR, sería la receta correcta.
EL COMERCIO
Imagínese que un joven chef, confiando en su capacidad para forjar su propio destino, invierte para adecuar la cocina y decorar el local alquilado en un lugar estratégico. Dada la magnitud de la inversión y la deuda asumida, fija el precio del alquiler y el plazo del contrato: cuatro años con opción de renovación.
Al tercer año, la municipalidad modifica la zonificación, fruto de lo cual se le impide renovar el contrato. ¿Es justo eso?
Imagínese una empresa que invierte en traer una franquicia de spa y tratamientos de belleza con cláusulas de renovación parecidas. Al tercer año de su contrato, el Congreso promulga una norma que regula las franquicias extranjeras y, por lo tanto, tampoco puede renovar su contrato. ¿Qué se logra con estas normas?
En ambos casos, la autoridad era competente; la municipalidad y el Congreso tenían la facultad legal de dictar las respectivas normas. Eso no está en juego sino la manera de hacerlo, porque de ella depende la predictibilidad de nuestro sistema legal. Distinta hubiera sido la situación si las normas en cuestión hubieran establecido una etapa de transición. La predictibilidad del proceso normativo es vital para la inversión, para la seguridad de las personas y, en general, para la vida en sociedad. ¡Para que las leyes den estabilidad tiene que ser predecible cómo se dan!
Por eso, es tan importante el proceso seguido por el Congreso para modificar la manera de nombrar a los miembros del directorio del Banco Central de Reserva (BCR).
Luego de un debate, se aprobó la reforma constitucional para permitir el relevo sucesivo de los directores del BCR, evitando —como es ahora— que todo el directorio cambie con cada nuevo gobierno. La modificación establece, a partir del 2012 y hasta el 2018, nombramientos escalonados. Es una norma de vanguardia, pues establece una transición predecible y ordenada.
Muy distinto es el proyecto de ley que busca impedir la reelección inmediata de los alcaldes y presidentes regionales. Ellos fueron elegidos en el marco de ciertas reglas de juego y ahora, a los tres años de gestión, se propone cambiarlas. ¿Por qué todos contra los alcaldes? Claramente es potestad del Congreso impedir la reelección de las autoridades regionales y locales, el tema es si lo hace con nombre propio o si legisla de manera predecible para todos. Pensar en procesos de transición, como lo hizo este mismo Congreso en el caso del BCR, sería la receta correcta.
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