3.6.09

Las deudas deben ser respetadas

Por: Walter Gutiérrez

La medida adoptada por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) en el caso de Panamericana Televisión es una acción inusual, pero de ningún modo ilegal. La Sunat es acreedora de Panamericana Televisión con varios procesos coactivos en curso y ha apelado al artículo 118 del Código Tributario que contempla la figura de la medida cautelar genérica que la habilita para designar a un administrador que cautele el pago de las acreencias tributarias.

No es frecuente que la Sunat ingrese en una empresa y designe a un administrador, incluso en otros sectores que son menos sensibles. Es aun más inusual que se dé en el caso de una señal de televisión, que tanta sensibilidad genera en la opinión pública. Hubo un antecedente de un canal de televisión que fue declarado en insolvencia. En el caso de América Televisión, la Sunat, también deudora, no actuó de esa manera, se dio paso a un proceso concursal y la junta de acreedores aún mantiene su administración.

Hay un elemento que puede explicar (o justificar) la decisión adoptada por la Sunat. En la administración de Panamericana Televisión hay dos grupos de accionistas que discuten la administración del canal. En medio de estas disputas el ente tributario decidió que, para cautelar el pago de su deuda, era mejor entrar a administrar el canal. Debemos destacar que esta medida va a primar sobre quien sea el administrador: los designados por la Sunat están por encima de la decisión judicial pendiente.

A pesar de las declaraciones de Genaro Delgado Parker, aún no se ha iniciado ningún proceso de insolvencia. En la medida en que los ingresos de una empresa sean mayores que sus acreencias podrá marchar sin problemas. Pero cuando las deudas y obligaciones laborales no pueden ser cubiertas por los ingresos de las empresas, sus acreedores pueden concursar la empresa. Esto implica un concurso entre los acreedores para saber el orden en el que van a cobrar sus deudas. La ley establece que primero son las deudas de los trabajadores, luego la Sunat y al final otro tipo de deudas.

Decano del Colegio de Abogados de Lima

ELCOMERCIO

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