Por: Beatriz Boza
Los principales colegios profesionales han estado muy activos en la última temporada, publicando avisos en la prensa. Así, el Colegio de Ingenieros invocó al Congreso a derogar la ley de habilitaciones urbanas. El Colegio de Abogados acaba de publicar una alerta acerca de la modificación del sistema de elección de los representantes al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), y dos directivas distintas del Colegio de Contadores Públicos de Lima se arrogan la representación legítima del colegio. ¿A quién protege un gremio profesional? ¿Qué valor agregado da a la sociedad? Con edificaciones que se caen a media construcción, es de esperar que alcaldes y colegios profesionales se vuelquen al Congreso para pedir controles previos de toda nueva edificación. ¿Pero no se supone que toda obra debe ser autorizada por uno de los más de 73 mil ingenieros y, en su caso, arquitectos colegiados? ¿No es acaso responsabilidad del ingeniero y del arquitecto cuidar que sean seguras? ¿La mejor manera de evitar construcciones inseguras es imponiendo a los constructores controles municipales previos? ¿No cabría pensar en otro tipo de controles, por ejemplo, de los profesionales que autorizaron el plano y la obra? ¿No resultaría eso más eficiente? A su vez, ante la necesidad de cuidar el sistema de designación de magistrados es entendible que el legislador esté contemplando “mejoras” en cómo se escoge a los representantes privados en el CNM. Con 50 mil abogados en Lima, ¿es tan malo optar por una designación a cargo de la junta directiva en vez de una elección popular? ¿O será que puede darse el caso del hoy bicéfalo colegio de contadores?
En nuestro ordenamiento legal, ciertos profesionales tienen que colegiarse y pagar cuotas periódicas al gremio para poder ejercer en el país. Tal es el caso de los médicos, abogados, contadores, ingenieros y arquitectos, entre muchos otros. ¿Por qué se les restringe el derecho de asociación y de libre iniciativa privada, exigiéndoles colegiarse?
Lo que está en juego es el rol de los colegios profesionales en una sociedad moderna. ¿Son clubes privados o cumplen una función pública? ¿Velan por el interés de sus miembros o tutelan un interés público? La única razón que justifica tal restricción a la libertad de profesión e iniciativa privada es garantizar altos estándares de conducta. ¿Cumplen los gremios ese encargo o están demasiado focalizados en la defensa de sus propios agremiados?
EL COMERCIO
Los principales colegios profesionales han estado muy activos en la última temporada, publicando avisos en la prensa. Así, el Colegio de Ingenieros invocó al Congreso a derogar la ley de habilitaciones urbanas. El Colegio de Abogados acaba de publicar una alerta acerca de la modificación del sistema de elección de los representantes al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), y dos directivas distintas del Colegio de Contadores Públicos de Lima se arrogan la representación legítima del colegio. ¿A quién protege un gremio profesional? ¿Qué valor agregado da a la sociedad? Con edificaciones que se caen a media construcción, es de esperar que alcaldes y colegios profesionales se vuelquen al Congreso para pedir controles previos de toda nueva edificación. ¿Pero no se supone que toda obra debe ser autorizada por uno de los más de 73 mil ingenieros y, en su caso, arquitectos colegiados? ¿No es acaso responsabilidad del ingeniero y del arquitecto cuidar que sean seguras? ¿La mejor manera de evitar construcciones inseguras es imponiendo a los constructores controles municipales previos? ¿No cabría pensar en otro tipo de controles, por ejemplo, de los profesionales que autorizaron el plano y la obra? ¿No resultaría eso más eficiente? A su vez, ante la necesidad de cuidar el sistema de designación de magistrados es entendible que el legislador esté contemplando “mejoras” en cómo se escoge a los representantes privados en el CNM. Con 50 mil abogados en Lima, ¿es tan malo optar por una designación a cargo de la junta directiva en vez de una elección popular? ¿O será que puede darse el caso del hoy bicéfalo colegio de contadores?
En nuestro ordenamiento legal, ciertos profesionales tienen que colegiarse y pagar cuotas periódicas al gremio para poder ejercer en el país. Tal es el caso de los médicos, abogados, contadores, ingenieros y arquitectos, entre muchos otros. ¿Por qué se les restringe el derecho de asociación y de libre iniciativa privada, exigiéndoles colegiarse?
Lo que está en juego es el rol de los colegios profesionales en una sociedad moderna. ¿Son clubes privados o cumplen una función pública? ¿Velan por el interés de sus miembros o tutelan un interés público? La única razón que justifica tal restricción a la libertad de profesión e iniciativa privada es garantizar altos estándares de conducta. ¿Cumplen los gremios ese encargo o están demasiado focalizados en la defensa de sus propios agremiados?
EL COMERCIO



No hay comentarios:
Publicar un comentario