2.3.10

Interceptaciones telefónicas

El triste desenlace que hemos podido observar en la comisión de investigación de las interceptaciones telefónicas –y su lamentable informe final aprobado por mayoría simple y con el voto dirimente de su presidente, Oswaldo Luízar– nos debe llamar a una profunda reflexión sobre el papel de las comisiones investigadoras en el Congreso de la República.

Cuando una comisión investigadora se instala debe tener claro que su meta es esclarecer los hechos materia de pesquisa, así como proponer sanciones para los responsables. La investigación congresal, por su naturaleza, es política –en caso de delito es el Poder Judicial el que decide–, y sus implicancias deben centrarse en el ámbito político. Pero ello no quita que sea concurrente con –y aporte a– la función del Ministerio Público y el Poder Judicial. Los legisladores de la llamada comisión Luizar –y en especial su presidente– han debido tener más cuidado en su trabajo para evitar que éste no se disperse –o publicite indebidamente– ni menos se desnaturalice o desprestigie, como ha sucedido desde sus primeras actuaciones.

Un tema aparentemente coyuntural –que ha contribuido a los magros resultados de esta comisión– es el de la debida reserva. En este caso no se supo guardar. De un lado, la sobreexposición de sus integrantes –encabezados por su presidente– y sus afanes mediáticos impidieron la necesaria profundización de las investigaciones; y de otro, los comisionados pusieron los reflectores no en los hechos –y en su esclarecimiento- sino en su persona lo que, como es obvio, apunta al rédito político. La reserva era entonces clave, porque impedía precisamente esta contraproducente exposición. Sin embargo se optó por hacer lo contrario.

Es correcto que el Congreso investigue lo que considere necesario averiguar. Pero está mal que sus indagaciones no sirvan al propósito básico y se pierdan en la acusación o, peor aún, en la insinuación estéril. Porque cuando se produce una situación como la que motiva este comentario, la población se confunde y mortifica al constatar que, al cabo de meses de trabajo la comisión ha sido incapaz de exhibir el más mínimo de los consensos y de alcanzar un ápice de resultados. ¿Por qué? Fundamentalmente por falta de elementos; es decir, porque incumplió su objetivo de investigar. Por cierto, eso de exigir que el Poder Judicial le entregue el expediente del caso BTR, no sólo es contrario al estado de derecho –al atentar contra la reserva judicial– sino que confirma la orfandad de la comisión al pretender que otro, el juez, hiciera su trabajo indagatorio. Si los hechos son fácticos, ¿cómo es posible que una comisión investigadora no pueda en tanto tiempo esclarecerlos ni tampoco señalar a los responsables de los delitos, ni menos acusar a los instigadores del espionaje?

Al margen de todo, lo medular es el esclarecimiento de los hechos y el hallazgo de sus responsables. No debe haber impunidad. Toca ahora a las instancias legales y constitucionales proceder con celeridad y eficiencia, aprovechando –en lo que sea útil– el trabajo realizado por la cuestionada comisión de interceptaciones telefónicas.


EXPRESO

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