22.6.09

Evaluación de los jueces

POR UN PODER JUDICIAL MÁS EFICIENTE

Por: Walter Gutiérrez

En los próximos días se discutirá en el Congreso el proyecto de ley presentado por la Corte Suprema sobre la evaluación de los jueces. Se trata de una norma que intenta implementar un sistema de evaluación interna que soslaya la participación de la sociedad. La norma se propone para evitar que entre en vigencia la parte de la Ley de la Carrera Judicial referida a este tema. La evaluación de los magistrados es un problema de interés nacional, porque en manos de ellos está el servicio público básico que compromete el destino del país.

Si la Constitución establece que la ratificación es cada siete años, no es porque la inamovilidad del cargo sea solo un derecho de los jueces; principalmente es una de las garantías la administración de justicia para evitar que la movilidad del juez pueda utilizarse para afectar su independencia. Pero eso no puede significar que los jueces no puedan y no deban ser evaluados; la evaluación por sí misma no puede ser calificada de inconstitucional. Es más, lo ideal es que sea continua, porque lo que no se puede evaluar no se puede medir y, por lo tanto, tampoco mejorar. Y si algo necesita ser mejorado es la administración de justicia.

La evaluación no es inconstitucional, muy por el contrario, optimiza las garantías que la Constitución brinda a los justiciables. Lo que no se debe establecer es que la evaluación tenga un carácter punitivo o sancionador, pues su razón de ser es identificar las deficiencias y corregirlas para que el sistema de justicia funcione mejor.

Si en el proceso de evaluación se identifica un juez que no está actualizado con los avances y cambios del derecho, debe capacitársele. Pero si en ese proceso se encuentra un juez que no solo desconoce la ley, sino que aplica una ley derogada o inaplica jurisprudencia del Tribunal Constitucional, o que desoye las sentencias de la CIDH, ese juez debe ser separado no por efecto de la evaluación, sino porque comete prevaricato, lo que ya sanciona nuestro ordenamiento.

Una democracia sin verdaderos jueces no tiene futuro, y no hay verdaderos jueces, eficientes y comprometidos con los derechos fundamentales, sin evaluación. En ningún caso debe perderse de vista que la justicia es un servicio público, y como tal su eje es el usuario de justicia.
DECANO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA

EL COMERCIO

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