20.9.09

Otra vez el TC

Quebrar el andamiaje elaborado por las ONG políticas, entre las que destaca el IDL no sólo por su radicalismo garantista sino por su poder económico basado en los ingentes fondos donados que recibe del extranjero, no ha sido ni será fácil. A la democracia y a las instituciones más importantes del país, esas ONG les llevan kilómetros de distancia porque han inoculado su ideología por doquier en el ápice del Estado. Dada esa estructura legalista y mediática, no le queda más camino al Tribunal Constitucional (TC) que manejarse dentro de la camisa de fuerza a la que en las últimas décadas ha sido sometido por seudo juristas progres.

¿Y qué ha ocurrido ahora? Que el TC ha emitido un fallo en el que –contraviniendo la propia Carta Magna que debería resguardar– desarrolla una “legislación positiva” sobre el uso de la fuerza por parte de los miembros de las instituciones castrenses, yendo más allá de lo planteado por el legislador, lo que significa contrariar el poder constituido representado por el Parlamento Nacional. Es una mezquindad más del TC dominado por la progresía, donde fue llevado por su entonces presidente Javier Alva Orlandini.

La pregunta es: ¿qué saben los togados del TC del enfrentamiento al delincuente terrorista o al narcotraficante atrincherado allá lejos, en la espesura de la selva o en el agreste monte, como para definirle a las fuerzas armadas los parámetros bajo los cuales deberán hacer uso de sus armas de fuego, máxime cuando todo militar sabe por principio que tiene que respetar la Constitución y la vida, salvo que la suya corra peligro al momento de defender a la sociedad? ¿Por qué hacerle las cosas más difíciles a instituciones militares profesionales, enredándolas en los vericuetos formalistas y legalistas, propios del tinterillaje comodón y demagógico de la izquierda de café? Pero la culpa inmediata de todo esto lo tienen las ONG políticas, y un grupo de parlamentarios que recurrieron al TC a demandar la inconstitucionalidad de aquella ley.

No le falta razón a quienes afirman que el referido tribunal ha violado las competencias del Parlamento al modificar el artículo 7° de la aludida norma en dos aspectos: primero, al eliminar el término referido a la capacidad del enemigo, incorporando la frase ambigua “capacidad del grupo hostil”. Y de otro lado, cuando el TC incorpora un párrafo completo a ese artículo que no estaba en el texto original del dispositivo legal, referido a hipotéticos casos de usos de fuerza pública en los casos de narcotráfico, terrorismo y a la protección de las instalaciones estratégicas.

Igualmente resulta legítimo el cuestionamiento respecto a la forma como el TC, a través de una simple resolución, impone al Poder Legislativo un plazo de seis meses para que modifique la norma que regula el uso de la fuerza militar del Estado. Estamos pues ante extremos demenciales, donde determinados abogados del TC han aprovechado la perspectiva pro terrorista, especialmente pro Sendero Luminoso y pro Mrta de la progresía caviar, supuestos hombre de letras que han empezado a manejar los hilos de la acción desestabilizadora contra el auténtico estado de derecho, y contra la estabilidad de la República libre y soberana, a la que combate arteramente el terrorismo rampante. Razonar así, como lo hace el TC, en medio del contexto de emboscadas en el VRAE o de presentaciones de libros senderistas en la capital, es la locura más peligrosa.

EXPRESO

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