29.5.09

DS 213-90-EF

Curiosa es la forma como sucesivos gobiernos aplicaron o burlaron el Decreto Supremo Nº 213-90-EF, expedido por el primer régimen aprista el 19 de julio de 1990, vale decir a pocos días de dejar el presidente Alan García la administración del Estado. En esencia la norma busca la homologación de los sueldos de un general, tanto de un instituto militar o de la PNP, con el 75% de los ingresos de los congresistas, y desde ahí el dispositivo plantea una escala de equivalencias porcentuales que llega hasta el personal subalterno. El DS 213 no deja de tener un objetivo sano como es reconocer y valorar el trabajo que realizan los uniformados en nuestra sociedad. Pero nunca se entendió por qué no se ha cumplido a cabalidad durante todo este tiempo. Quizás no se han podido concretar sus efectos positivos debido a la cantidad de recursos económicos que implica su puesta en práctica, pero lo cierto es que no se entiende por qué el gobierno aprista --correspondiente al periodo 1985-90-- lo planteó cuando apenas faltaban nueve días para dejar el poder; y si alguien entonces quiso dejarle una bomba de tiempo al siguiente gobierno, la verdad es que esta mala intención ahora ha regresado como un búmeran y ha hecho explosión estruendosa.

EXPRESO ha abordado con objetividad, respeto al estado de derecho y transparencia todos aquellos yerros cometidos por el actual gobierno en relación con el referido decreto. Fruto de esa verdad puesta en debate público, el pasado 2 de abril se presentó en el Parlamento un proyecto que propone darle fuerza de ley al DS 213 y precisa, además, entre sus alcances, hacer valer los derechos pensionables del personal militar y policial que en las últimas dos décadas no ha visto mejorar sus ingresos. Ayer también se ha presentado otro proyecto de ley con similar finalidad. Lo grave es que todo esto tiene que hacerse para corregir, por ejemplo, una serie de contradicciones en las cuales navega el Ministerio del Interior, a ratos queriendo negar la vigencia del DS 213 y a ratos aceptándola. Tampoco podrá negar que en otros institutos, como el Ejército y la Fuerza Aérea, de un tiempo a esta parte un puñado de oficiales que recurrió al Poder Judicial está gozando del vigor de la norma, aunque el grueso del personal del Mininter y Defensa todavía no puede percibir los beneficios.

Así tremendo papelón han hecho muchas autoridades cuando, por un lado, citan y aplican el DS 213 y, por otro, dicen que en lo concerniente a la homologación de sueldos no es posible hacerla cumplir. Peor aún cuando existe la R. M. Nº 821-2005 IN/PNP, del 7 de abril 2005, firmada por el entonces ministro del Interior Félix Murazzo, mediante la cual se dispone “considerar e incluir a Personal PNP de los Tribunales Administrativos Disciplinarios Nacional y Territorial” dentro de beneficios remunerativos “de conformidad al DS Nº 213-90-EF de 19JUL90”.

Por último, aclaramos a la señora ministra del Interior en relación con su comentario según el cual un periodista de este diario estaría coludido con un abogado de militares y policías para informar acerca de este tipo de temas. Rechazamos esta forma de cortinas de humo, además enfatizamos que en este medio de prensa practicamos la ética periodística. No acostumbramos a esas bajezas de informar a cambio de un plato de lentejas ni a limpiar la imagen de personas a cambio de dinero. A una autoridad política le corresponde decir la verdad sobre el DS 213 y no recurrir a evasivas.

EL COMERCIO

1 comentario:

Anónimo dijo...

este tipo de comentario deberia de salir en forma continua.
hola leo
es formidable la forma que enfocas este espinozo tema.
es la verdad muchos policias en situacion de retiro claman justicia pero es el caso que en su gran mayoria esta controlado DS-213 NO SERA PASA NADA ESPECIALMENTE EN EL MINISTERIO PBLICO. QUE DESCARADAMENTE OPINAN QUE LA HOMOLOGACION DEL SUELDO DE UN SELADOR Y DIPUTADO YA NO EXISTE POR TANTO ES INPROCEDENTE LA DEMANDA POR EL DL-213-90. ES DECIR ES CUESTIONADO CUANDO UN POLICIA CLAMA JUSTICIA.
TORPESA QUE EL SUELDO DE TODO EL PODER JUDICIAL ESTA HOMOLOGADO CON LOS MISMOS ARGUMENTOS MEDIANTE EL DL 767 ARTICULO 189 NUMERAL 5 LITERAL A.
¿ QUE JUSTICIA Y QUE TORPESA VERDAD? TEL-989262606