24.8.09

Cuotas de pesca

Las aguas andan movidas en el sector pesquero nacional. Lo preocupante es que el problema no viene de fuera del gremio sino desde el interior, por diferencias entre sus miembros.

En la práctica se han abierto dos frentes: el de seis o siete grandes empresas pertenecientes a la Sociedad Nacional de Pesquería (SNP); y, de otro lado, el de medianos y pequeños pesqueros. La causa de la discordia es el Decreto Legislativo 1084, norma que regula los Límites Máximos de Captura por Embarcación (LMCE).

Sin embargo, el tema no es meramente de orden crematístico sino que tiene que ver con principios y conceptos fundamentales relacionados al propio modelo de mercado. Por ejemplo, tropezando con libertad de empresa, base de la economía abierta que postula nuestro país; o alterando la libre competencia, al derecho al trabajo y al régimen laboral general (Arts. 2 Inc. 2, inc. 14, 22, 23, 59, 61 y 62 de la Constitución Política). Todo ello a partir del Decreto Legislativo 1084, sin mencionar por cierto que su dación habría incumplido también el artículo 2.2 de la Ley 29157, al estar referido de modo general a materias de regulación y gestión ambiental, pero que no tiene vinculación alguna con la implementación del TLC del Perú con Estados Unidos, por lo que el DL 1084 estaría fuera del término puntual de la delegación de facultades que otorgó el Parlamento al Ejecutivo.

Durante el tiempo de vigencia del decreto aludido, la realidad ha demostrado el incremento de la rentabilidad de unas cuantas empresas grandes en desmedro de la mayoría de medianas y pequeñas. En otros términos, los pesqueros de mayor capacidad, a pesar de los favorables márgenes de rentabilidad que ya tenían, habrían buscado elevar aún más sus ganancias a través de un marco legal hecho a su medida, a través del sistema individual de cuotas (SCI), sin importarles los negativos efectos socioeconómicos que ello tendría en las poblaciones portuarias que dependen de las grandes, medianas y pequeñas pesca.

La sospecha de este interés de los grandes por obtener una norma ad hoc, surge entre algunos medianos y pequeños pesqueros cuando recuerdan que desde el año 2005, hasta la dación del DL 1084, las siete grandes empresas pesqueras pertenecientes a la SNP llevaron a cabo una “carrera de adquisición” de embarcaciones y plantas pesqueras por valor de más de US$ 1,300 millones, pese a que contradictoriamente ya existía una sobreinversión en el sector. Los denunciantes sostienen que la explicación a esta fiebre de adquisiciones estriba en la inminente (o quizá pre acordada) implantación del sistema de cuotas.

Recuerdan también que a fines del 2006, el referido gremio presentó formalmente al Ministerio de Producción una propuesta de aplicación del SCI sobre la base de un criterio de asignación del 50% de capacidad de bodega y 50% por captura histórica. En el mes de febrero de 2007, durante el discurso de inauguración de la nueva Planta de Congelados del Callao de la empresa Tecnológica de Alimentos S.A., un representante de la SNP solicitó al presidente Alan García implantar esa metodología, haciendo público su afán por tal criterio y lógicamente guardándose las reales motivaciones para proponer el cambio. Entonces cabe preguntarse: ¿cuánto mejor ha resultado para el país, en rendimiento y eficiencia, el SCI? ¿No es que aquello le asegura sólo a un grupo de empresas una cuota indexada de pesca para satisfacer su mayor ventaja competitiva o superior capacidad de bodega? ¿No les ayuda aquello a vencer la adversidad de los reducidos periodos de pesca, al obtener un plazo de captura holgado, así como facilitarles que el íntegro de su cuota sea descargada en plantas propias, impidiendo que ningún kilo más de pesca pueda venderse a otras plantas? La ministra Mercedes Aráoz tiene la palabra.

EXPRESO

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