El terrorismo causó 70 mil víctimas, le costó al país 40 mil millones de dólares, se perdió más de una década sin desarrollo, se aceleró la emigración del 10% de la población y, en general, llevó al desperdicio a un par de generaciones de peruanos. Durante casi 15 años vivimos como país en una pesadilla espantosa, y tenemos que asegurarnos de que no la repetiremos.
En ese sentido, es alarmante que el Poder Judicial esté liberando, antes de tiempo, a quienes fueron importantes mandos del MRTA o de Sendero.
Cabe indicar que a inicios de esta década había unos 4,000 sentenciados por diversos actos de terrorismo en el país; de ese total, alrededor de la mitad ya han sido liberados. De los que han salido de la cárcel, muchos lo han hecho porque han cumplido su sentencia y, por lo tanto, tienen todo el derecho del mundo a gozar de la libertad sin ser perseguidos u hostigados.
Sin embargo, también existe un número importante y creciente de sentenciados que están recibiendo el beneficio de la libertad condicionada al haber cumplido los tres cuartos de su condena. Es en estos casos en los cuales el Poder Judicial no parece estar siendo suficientemente riguroso antes de liberarlos. Incluso no se les está exigiendo, a quienes participaron en organizaciones terroristas que causaron tanto daño, el pago de la compensación económica que la justicia les ha impuesto. Es decir, se les están brindando todas las facilidades para que salgan de prisión lo antes posible.
Es innegable que los recluidos por terrorismo no son criminales usuales; la ideología y motivación que los llevó al terrorismo es diferente a la de los presos comunes. Por lo tanto, el proceso de evaluación antes de otorgarles un beneficio penitenciario tiene necesariamente que ser diferente del que se sigue para el resto de presidiarios.
Más aún, la sociedad tiene todo el derecho a defenderse, y sería dispararnos a los pies el seguir otorgando, en automático, beneficios carcelarios a los que participaron en la toma de decisiones o directamente en asesinatos, pues ellos bien pueden reconstruir sus organizaciones. Ante el riesgo de un retorno al terrorismo, la seguridad de la población tiene necesariamente que primar. Por tanto, en esos casos específicos, la duda tiene que beneficiar a la mayoría y deberían, necesariamente, cumplir el total de su sentencia antes de ser liberados.
PERU 21
En ese sentido, es alarmante que el Poder Judicial esté liberando, antes de tiempo, a quienes fueron importantes mandos del MRTA o de Sendero.
Cabe indicar que a inicios de esta década había unos 4,000 sentenciados por diversos actos de terrorismo en el país; de ese total, alrededor de la mitad ya han sido liberados. De los que han salido de la cárcel, muchos lo han hecho porque han cumplido su sentencia y, por lo tanto, tienen todo el derecho del mundo a gozar de la libertad sin ser perseguidos u hostigados.
Sin embargo, también existe un número importante y creciente de sentenciados que están recibiendo el beneficio de la libertad condicionada al haber cumplido los tres cuartos de su condena. Es en estos casos en los cuales el Poder Judicial no parece estar siendo suficientemente riguroso antes de liberarlos. Incluso no se les está exigiendo, a quienes participaron en organizaciones terroristas que causaron tanto daño, el pago de la compensación económica que la justicia les ha impuesto. Es decir, se les están brindando todas las facilidades para que salgan de prisión lo antes posible.
Es innegable que los recluidos por terrorismo no son criminales usuales; la ideología y motivación que los llevó al terrorismo es diferente a la de los presos comunes. Por lo tanto, el proceso de evaluación antes de otorgarles un beneficio penitenciario tiene necesariamente que ser diferente del que se sigue para el resto de presidiarios.
Más aún, la sociedad tiene todo el derecho a defenderse, y sería dispararnos a los pies el seguir otorgando, en automático, beneficios carcelarios a los que participaron en la toma de decisiones o directamente en asesinatos, pues ellos bien pueden reconstruir sus organizaciones. Ante el riesgo de un retorno al terrorismo, la seguridad de la población tiene necesariamente que primar. Por tanto, en esos casos específicos, la duda tiene que beneficiar a la mayoría y deberían, necesariamente, cumplir el total de su sentencia antes de ser liberados.
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