27.10.09

El debate debe continuar

Por Augusto Álvarez Rodrich
alvarezrodrich@larepublica.com.pe

Sobre la despenalización del aborto en el Perú.

El preparativo de un viaje al exterior me impidió firmar una declaración difundida la semana pasada sobre la despenalización del aborto en casos de violación y cuando el ser en formación conlleve al nacimiento con graves taras, pero quiero aunarme a dicho comunicado resumiendo sus ideas principales, con las cuales estoy de acuerdo.

En relación con la propuesta de la comisión encargada de revisar el Código Penal sobre la despenalización del aborto existe una presión para que esta sea reconsiderada, lo cual se explica por la injerencia política de grupos conservadores que, dejando de lado los argumentos técnicos jurídico-médicos que respaldan esta decisión, sustentados en el derecho comparado e internacional, buscan imponer una posición confesional.

En una sociedad democrática, este debate debe recoger las distintas posturas existentes, pero las normas de carácter general y la implementación de políticas públicas requiere que se atiendan criterios de salud pública y de derechos humanos.

Argumentos jurídicos respaldan la decisión adoptada por la comisión. Los derechos fundamentales son el fin supremo de la protección del Estado, y en situaciones concretas existen colisiones entre derechos que deben ser atendidas.

Los supuestos de aborto en discusión son casos típicos de estas confrontaciones. Para resolverlas, la experiencia comparada ha determinado que la penalización del aborto implica una irrazonable preeminencia de uno de los bienes jurídicos en juego, la vida del concebido, y el consiguiente sacrificio absoluto de todos los derechos fundamentales de la mujer embarazada. El derecho no debe imponer a las personas obligaciones que impliquen un sacrificio de sus propios derechos.

Argumentos médicos respaldan la despenalización del aborto en los supuestos en discusión, pues la salud es un estado completo de bienestar no sólo físico sino mental y social. En los embarazos producto de una violación y cuando el ser en formación conlleve al nacimiento con graves taras, hay graves daños a la salud de la gestante que hacen inexigible que jurídicamente se obligue a continuar el embarazo. Además, existen opiniones mayoritarias en el gremio médico favorables a la ampliación de los supuestos de aborto legal en estos casos.

Por todo lo expuesto, se justifica la ampliación de los supuestos de aborto no punible en los casos de violación y cuando el ser en formación conlleve al nacimiento con graves taras físicas o psíquicas, en la imposibilidad de que el derecho exija a las mujeres acciones que menoscaban sus derechos fundamentales.


LA REPUBLICA

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