21.1.09

La tecnología espía

Por Raúl Mendoza Cánepa. Abogado


El caso de las interceptacio-nes telefónicas ha puesto sobre el tapete el tema de las amenazas a la vida privada. La privacidad es una garantía de la libertad individual. No hay una sin la otra. Los ciudadanos, en términos de Isaiah Berlín, ejercen su libertad cuando están libres de una coerción exterior que determine sus actos, cuando se desplazan sin restricciones arbitrarias o cuando opinan sin cortapisas, pero ninguna dimensión de la libertad sería posible si el ámbito de la privacidad está sujeto a una poco discreta mirada exterior.


Una sociedad que se precie de ser libre y democrática garantiza la inexpugnabilidad de las comunicaciones privadas y del espacio de lo propio. Lo contrario es una vida supervigilada, que como en la Europa oriental, condena a los 'sospechosos' a ser víctimas del más estrecho seguimiento. En el Perú del siglo XXI nadie está libre de sospechas; por tanto, todo está sujeto a registro. Pese a ser una democracia libre regida por una Constitución donde la libertad es reconocida y protegida, lo privado está sujeto al juicio de lo público.


En efecto, la tecnología ha facilitado que el ámbito íntimo se convierta en espectáculo público. Desde el periodismo de farándula que oficia de policía de la moral hasta los que se creen legitimados para publicar urbi et orbi la historia académica de un ministro; desde los mercachifles de las comunicaciones privadas hasta los que desnudan la privacidad ajena en You Tube. La cámara de video, el celular espía, el aparato 'chuponeador', el micrófono en el adminículo secreto, las cámaras vigías por sobre los edificios, la tecnología en general parece estar diseñada para hacer público y omnipresente todo lo que está destinado a no ser revelado. Por seguridad ciudadana, por espectáculo, por lucro, por morbo, por seguimiento político, la libertad (en el ámbito de la intimidad) corre riesgo de someterse al escrutinio colectivo. En algunos casos las expresiones privadas se convierten en prueba del 'delito' para que el público se erija finalmente en juez y condene antes que los propios órganos jurisdiccionales.


La reciente iniciativa legislativa destinada a incrementar la sanción a los que interceptan llamadas telefónicas es bienvenida, en la perspectiva de proteger la libertad; pero bien haría también el Congreso en revisar y actualizar el capítulo del Código Penal en esta materia (Violación del secreto de las comunicaciones), acorde a las innovaciones tecnológicas. No solo es cuestión de incrementar las penas, sino también de revisar los supuestos (muchos de los cuales son calco y copia del Código Penal de 1924) para adaptarlos a los tiempos modernos.

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